La Herencia Digital – Primer desafío legal de Juristas con Futuro #RetoJCF

«Reto». Magnifico término para denominar a este encuentro digital tan singular entre startups y juristas de todo tipo, donde todas las partes debatirán en sus respectivos blogs de los nuevos conceptos que han surgido y de la evolución del proceso hereditario.

 

Cada uno de nosotros sabe el papel que desempeña cada una de las partes de este estrecho engranaje y donde sólo las recién llegadas startups como la nuestra, son cuestionadas e invitadas amigablemente para dar explicaciones sobre la dudosa legalidad de nuestros innovadores modelos de negocio.

 

Agradecemos enormemente haber sido invitados a esta #cyberpalestra y disponer de voz en un proceso donde nos sentimos realmente una parte importante. Se nos presenta pues la oportunidad de colaborar, participar e incluso dar explicaciones sobre este nuevo y confuso léxico que hemos adoptado principalmente las startups afines, buscando simplificar el entendimiento del usuario final y enfatizando en la principal diferencia de legar nuestras pertenencias físicas frente de las digitales, hasta ahora omitida como singulares y tratadas como iguales.

 

Tellmebye como parte del proceso.

Tellmebye nació como otras muchas herramientas, para cubrir una necesidad de la sociedad, en nuestro caso nuestra amiga Clarisa, diagnosticada con cáncer, metástasis a la columna y un cuadro desolador tras descubrir su nueva fecha de caducidad, 10 años de vida.

Tras conversar y empatizar con ella, surgió de forma natural la pregunta que nos ha traído hasta aquí́“¿Qué pasará con los bienes digitales de Clarisa cuando fallezca? ” fue entonces cuando comenzamos a buscar soluciones en Internet, opciones que permitieran a Clarisa organizar su etapa final de su vida, definir sus últimas voluntades, crear su testamento vital, evitar la pérdida de fotografías, vídeos y lo más importante para ella, despedirse de su hijo con un sinfín de mensajes póstumos que le ayudaran a ser recordada.

Todo esto, llenó por completo nuestros corazones y nos dio la fuerza y energía necesaria como para comenzar esta lucha titánica. No somos ninguna multinacional, ni pertenecemos a ningún gran grupo, solo unos cuantos inconscientes abogados, informáticos, programadores y diseñadores gráficos, que deseamos ayudar a todas las personas que como Clarisa, tengan las mismas necesidades.

 


 

Muerte digital

En la actualidad, gran parte de la sociedad dispone de una vida digital o personalidad online paralela, que comporta una complicación adicional en el momento de organizar o gestionar nuestra propia muerte física. Nuestro “Yo Digital” gana cada vez más fuerza y mayor protagonismo en esta nueva era digital que vivimos. La muerte física no conlleva obligatoriamente la muerte digital, sino que dependemos de que otras personas u otros mecanismos, ejecuten nuestra voluntad en aspectos ya conocidos como el “derecho al olvido”.

 

Testamento digital

El testamento digital, es para nosotros el documento testamentario que incluye de forma explícita, la voluntad de legar todas o ciertas partes de las pertenencias digitales del testador. Se puede considerar que este concepto como tal no existe, sino que el mismo, forma parte ya del testamento en sí, pero como veremos, ciertamente hay que diferenciarlos, puesto que el trato a los bienes digitales y a los físicos es totalmente diferente.

 

Legado digital

Grupo de servicios, ficheros, o bienes no materiales sino digitales e intangibles, que una persona lega como activos hereditarios en su testamento.

 

Albacea digital

En nuestro diccionario, no contemplamos esta palabra por estricto cumplimiento de los órganos jurídicos que colaboraron en nuestro proyecto y en su lugar, utilizamos a los “Administradores”, encargados de notificar en nuestra plataforma, la defunción del testador y receptores únicamente de las últimas voluntades o testamento vital del mismo.

 

Tellmebye no utiliza albaceas por que realiza la entrega de contenidos directamente a sus destinatarios mediante correo privado. De esta forma los administradores no acceden a ningún contenido del legado privado que no sean los propiamente heredados hacia su persona. Así́ pues, se mantiene la absoluta privacidad de los activos hereditarios tanto a nivel de herederos como incluso de la información visible por el propio notario. Imaginar la locura que supondría que los notarios recibieran listados con accesos a redes sociales u otras informaciones privadas susceptibles de fácil cambio, ¿debería el testador volver a quedar con el notario para actualizar su testamento con cada nuevo cambio de contraseña u otra información? Nosotros lo vemos absurdo, innecesario y una perdida de tiempo de todos los participantes.

 

Desde Tellmebye, fomentamos y recomendamos enérgicamente el uso del documento notarial como máximo instrumento legal para la formalización de cualquier tipo de transferencia inter-personal a título póstumo que se realice en nuestra plataforma web y por ello, desde el nacimiento de nuestra herramienta, hemos hablado con diferentes organismos jurídicos, buscando asesoramiento y acompañamiento para la aprobación de nuestro sistema, cuidando el lenguaje usado y respetando la normativa actual. Buscamos situarnos al lado de los abogados y notarios como una solución profesional que pudieran ofrecer a sus clientes como un servicio adicional, siempre complementando y no como sustitutivo de ninguna de las partes.

 

Así pues, lo que muchos desean oír y conocer, es que nuestra plataforma no es ninguna herramienta que sustituya al servicio notarial, ni tampoco pretende serlo. Somos el puente que facilita el paso de estos bienes digitales, mensajes póstumos o la propia voluntad del testador hacia los herederos correspondientes. ¿Cómo, si no, se podría facilitar tan gran variedad de archivos y accesos a estas personas? ¡No todo se puede dejar en un pendrive, en el interior de un aparato físico!

 

¿No sería mejor que los abogados y notarios dieran una imagen más innovadora, adelantándose al ofrecer un servicio que permita a sus clientes testar sus legados digitales?

 

¿Brinda la legislación actual alguna solución al respecto? Lamentablemente la respuesta es negativa. Tenemos una normativa idéntica para el mundo analógico y  el digital sin olvidar que la publicación de nuestro todavía vigente Código Civil trata de 1889.

 

¿Las personas que disponen de bienes digitales son conscientes del problema, o conocedoras de estas soluciones? No, existe un total desconocimiento del problema. Sufrimos de inmadurez tecnológica y de un gran miedo a la muerte. Como ejemplo reciente, el despertar del ahora famoso “Derecho al olvido” es otro ejemplo de como un problema existente en la sociedad desde hacía algunos años, termina siendo vox populi, gracias a empresas como Google. Actualmente, se trabaja a destajo para proporcionar las herramientas legales necesarias que regulen el problema y tratando el tema, se encuentran actualmente los representantes de los países miembros de la Unión Europea, negociando un nuevo código donde se reconoce la inclusión de este nuevo derecho.

 

De igual modo, terminará sucediendo lo mismo con el tema sucesorio, más ahora con el avance de las nuevas tecnologías. Incluso los “notarios tuiteros” lo comentarán en sus escritos de hoy.

 

Por desgracia, son pocos los compañeros abogados y notarios que informan a fecha de hoy a sus clientes sobre la posibilidad de introducir en sus testamentos, epígrafes para la inclusión y transferencia de sus pertenencias digitales. Por desgracia, la praxis más frecuente y habitual, suele ser la omisión total de dicha información, negando así́ la posibilidad real de que el cliente, pueda decidir sobre la inclusión o no, de su legado digital en su testamento.

 

En la realización de nuestro primer testamento notarial, tuvimos que insistir mucho para lograr incluir las pertenencias digitales y el profesional al que acudimos, parecía no entender nuestras necesidades. Por suerte, meses más tarde y durante el mes de mayo del 2015, logramos presentar el primer “testamento digital” firmado ante notario y mediante el cual, se indicó́ a Tellmebye como plataforma de almacenamiento de dichas pertenencias digitales.

 

En este caso, la implicación del notario y sus conocimientos sobre la plataforma tras entender su funcionamiento, antes desconocida por el mismo, facilitaron totalmente la firma del documento notarial.

 

Con todo esto y sin alejarnos del reto, estamos pues a favor de la evolución y adaptación del servicio notarial, hacia lo digital, tal como gran parte de nuestros compañeros tuiteros del reto también verán. Muchos ya nos hemos dado cuenta de la evolución hacia ese mundo online que está viviendo la sociedad actual, un mundo en el que ya están inmersos las nuevas generaciones. Hay una clara necesidad de innovar y herramientas como la nuestra, son las que acercan las nuevas tecnologías y las enlazan en la actualidad a este choque entre los mundos legislativos tradicionales y los nuevos digitales.

 

Mientras llega esta revolución, os deseamos felices fiestas y que el 2016 venga lleno de nuevos #Retos